Pequeños transportadores
De acuerdo al decreto 0248 de 13 de febrero de 2015 y a la resolución 2901 de 20 de agosto de 2015, podrán acceder al beneficio tributario “Certificación de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehículo nuevo en reposición con Exclusión de IVA (CREI)”, los pequeños transportadores propietarios de menos de 3 vehículos y solo para efectos de la reposición de uno solo y por una única vez.
Condiciones para acceder al beneficio CREI
- El beneficiario debe estar inscrito en el RUNT. Esto lo puede verificar dando clic en el enlace a continuación Consulta por documento de identidad.
- El beneficiario debe ser propietario de manera directa o indirecta de menos 3 vehículos.
- El vehículo objeto de reposición debe ser del servicio PÚBLICO de pasajeros, cuente con una tarjeta de operación activa y vigente, con contrato de prestación de servicio con la empresa transportadora vigente.
- El vehículo debe estar registrado en estado ACTIVO en RUNT y debe estar libre de todo gravamen. Esto lo puede verificar dando clic en el enlace a continuación Consulta de vehículos por placa.
- El beneficiario debe estar inscrito en el Registro Único Tributario – RUT.
- El propietario no haya obtenido este beneficio con anterioridad.
- El vehículo nuevo, debe ser de las mismas características del que se va a reponer (pasajeros, clase), además de prestar el servicio en la misma modalidad y radio acción.
Si cumple con las condiciones anteriores ya puede ingresar para registrar su proceso CREI.
Descargue aquí y lea cuidadosamente los instructivos, que lo guiarán con el proceso:
- RUNT.I.337 Crear el ciudadano portal ciudadano (917.6 KB)
- RUNT.I.338 Registrar proceso CREI (1.24 MB)
- SG.I.343 Consultar solicitudes CREI (644.61 KB)