Propietarios, poseedores o tenedores de buena fe de vehículos de servicio particular y público de transporte de carga que presentan omisiones en su registro inicial
Para tener en cuenta: De acuerdo con el Decreto 0260 del 24 de febrero de 2023, los propietarios, poseedores o tenedores de buena fe de los vehículos de servicio particular y público de transporte de carga que presenten omisiones en el trámite de registro inicial, contarán ahora con un nuevo plazo para iniciar el respectivo proceso de normalización, el cual, se ha extendido hasta el 27 de agosto de 2024.
De acuerdo con la resolución 3913 de 27 de agosto de 2019, podrán subsanar las omisiones presentadas en el registro inicial de un vehículo de transporte de carga, mediante tres tipos de normalización.
El propietario, poseedor o tenedor de buena fe del vehículo de transporte de carga a normalizar deberá consultar de manera previa a la postulación, el estado de la matrícula del vehículo a normalizar a través de nuestra consulta por placa y verificar que la información consignada en la Licencia de Tránsito con la registrada en el RUNT coincida.
En caso de que evidencie diferencias en la información, deberá solicitar la corrección ante el Organismo de Tránsito donde se encuentre registrado el vehículo a normalizar, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Ministerio de Transporte. Una vez normalizado el vehículo, no habrá lugar a efectuar correcciones en la información del registro del vehículo.
- RUNT.I.420 Normalización por Desintegración V2 (2.66 MB)
- RUNT.I.421 Normalización por CCR V2 (2.45 MB)
- RUNT.I.422 Normalización por Caución V2 (2.68 MB)
Las condiciones para que un vehículo pueda solicitar esta normalización es desintegrar otro vehículo de transporte de carga del mismo servicio del vehículo a normalizar y que cumpla con las equivalencias establecidas en el artículo 2.2.1.7.7.3 del Decreto 1079 de 2015 o en las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan, además de cumplir con lo siguiente:
- El vehículo debe estar activo en la página web del RUNT. Verifique en nuestra consulta de vehículos por placa
- La configuración del vehículo (Clase - Ejes), debe corresponder con lo estipulado en el anexo de la resolución 3913 de 2019 (Consulte aquí la resolución y sus anexos). La configuración del vehículo a desintegrar debe ser mayor o igual a la del vehículo a normalizar.
- El vehículo a normalizar y a desintegrar debe cumplir con las equivalencias establecidas en el artículo 2.2.1.7.7.3 del Decreto 1079 de 2015 o en las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
- La fecha de matrícula del vehículo a normalizar (publicada en la página del RUNT) debe ser posterior al 2 de mayo de 2005 y anterior a la fecha de expedición de la resolución 3913 del 27 de agosto de 2019.
- Todos los propietarios, poseedores y tenedores de buena fé deben estar inscritos en el RUNT en estado activo.
- El tipo de vehículo a normalizar debe tener el mismo servicio del vehículo a desintegrar.
- El vehículo a normalizar debe ser de carga, al igual que el vehículo a desintegrar.
- El vehículo a desintegrar no debe presentar omisiones en su registro, ni debe estar en un proceso de modernización.
- Ninguno de los dos vehículos debe tener gravámenes, limitaciones a la propiedad, ni medidas cautelares.
- Que se efectué el pago por concepto del derecho de trámite de normalización, valor que se actualizará de acuerdo con la resolución anual de tarifas del RUNT. Valor trámite vigente: $93.800
Cancelar el valor de la caución que debió constituir para el momento de la matrícula inicial del vehículo, debidamente indexada según corresponda.
También deberá cumplir con lo siguiente:
- El vehículo debe estar activo en la página web del RUNT. Verifique en nuestra consulta de vehículos por placa
- La configuración del vehículo (Clase - Ejes), debe corresponder con lo estipulado en el anexo de la resolución 3913 de 2019 (Consulte aquí la resolución y sus anexos).
- La fecha de matrícula del vehículo a normalizar (publicada en la página del RUNT) debe ser posterior al 2 de mayo de 2005 y anterior a la fecha de expedición de la resolución 3913 de 2019.
- Todos los propietarios, poseedores y tenedores de buena fe deben estar inscritos en el RUNT en estado activo.
- El vehículo a normalizar debe ser de carga.
- El vehículo no debe tener gravámenes, limitaciones a la propiedad, ni medidas cautelares.
- El vehículo no debe estar en un proceso de modernización.
- Que se efectué el pago por concepto del derecho de trámite de normalización, valor que se actualizará de acuerdo con la resolución anual de tarifas del RUNT. Valor trámite vigente: $93.800
Se debe utilizar los Certificados de Cumplimiento de Requisitos -CCR- que no hayan sido utilizados con anterioridad para la reposición de un vehículo de transporte de carga y que se hubieren generado antes de la entrada en vigencia de la Resolución 3913 de 2019, además de cumplir con lo siguiente:
- El vehículo a normalizar debe estar activo. Verifique en nuestra consulta de vehículos por placa
- El vehículo que dio origen al Certificado de Cumplimiento de Requisitos debe estar cancelado, y que los hechos que dieron lugar a la cancelación de la matrícula ocurrieron a partir del 1 de octubre de 2012.
- La configuración (Clase - Ejes) publicada en la página web del RUNT, debe corresponder con lo estipulado en el anexo de la resolución 3913 de 2019 (Consulte aquí la resolución y sus anexos).
- La configuración del vehículo que dio origen al CCR debe ser mayor o igual a la del vehículo a normalizar.
- La fecha de matrícula del vehículo a normalizar (publicada en la página del RUNT) debe ser posterior al 2 de mayo de 2005 y anterior a la fecha de expedición de la resolución 3913 de 2019
- Todos los propietarios, poseedores y tenedores de buena fe deben estar inscritos en el RUNT en estado activo.
- El vehículo a normalizar debe ser de carga.
- El vehículo no debe tener gravámenes, limitaciones a la propiedad, ni medidas cautelares.
- Ninguno de los dos vehículos debe estar en un proceso de modernización.
- Que se efectué el pago por concepto del derecho de trámite de normalización, valor que se actualizará de acuerdo con la resolución anual de tarifas del RUNT. Valor trámite vigente: $93.800
- Si cumple con las condiciones anteriores ya puede ingresar para registrar su proceso de Normalización.
Descargue aquí y lea cuidadosamente los instructivos que lo guiarán con el proceso:
- RUNT.I.420 Normalización por Desintegración V2 (2.66 MB)
- RUNT.I.421 Normalización por CCR V2 (2.45 MB)
- RUNT.I.422 Normalización por Caución V2 (2.68 MB)